TORILES (1912)

¿Sabías que, en las actuales dependencias municipales situadas en el número 13 de la Plaza de la Constitución, en 1912 se construyeron unos toriles o chiqueros que servirían para separar las reses bravas?

 

El 24 de septiembre de 1912 se aprueba el pliego de condiciones técnicas de las obras de construcción de dos chiqueros o ‘corralitos’ con el fin de poder separar las reses bravas dentro de los toriles. Actualmente, el edificio forma parte de las instalaciones municipales del Ayuntamiento.

 

Entre algunas de las características técnicas de construcción, destaca la altura de las paredes: 2 metros de alto por 60 centímetros de ancho. Dichas obras debían hacerse con arreglo al arte de mampostería en seco y con las llaves encobijadas que abrazasen el grueso de las tapias existentes.

 

El precio de salida se fijó en 160 pesetas. Tras varias pujas, la subasta fue adjudicada a Don Florencio González y González por un importe de 120 pesetas, como postor más ventajoso.

 

También se señala, como fecha de finalización de las obras, el 4 de octubre de 1912. Es probable, que se fijara este plazo para que las obras pudieran estar debidamente terminadas y pudiera darse uso durante las Fiestas Patronales de ese mismo año.

 

El 23 de octubre de 1913, el Ayuntamiento compra a Don Sabino Bordón Sastre una casa situada en el número 2 de la Plaza del Ayuntamiento, que lindaba al frente con el corral de los toriles, por un precio de 1.625 pesetas.

 

En esta época, se ocupaban algunas dependencias de la Casa Consistorial con objetos inútiles, como el carbón para la calefacción y utensilios del alumbrado público, que podían constituir algún peligro y por ello, surge la necesidad de adquirir un edificio cercano, que sirviese para guardar estos objetos y que pudieran quedar libre las dependencias para despachar los asuntos del Municipio.

 

Otro de los motivos por los cuales se decidió llevar a cabo dicha compra, es que la vivienda se encontraba situada aledaña a los toriles y el propietario, entendía que tenía derecho de hacer uso de la ocupación del corral, en discordancia con el Ayuntamiento. Este hecho, con el paso del tiempo podría dar origen a un pleito con el Consistorio, que a pesar de que el resultado podría ser favorable para éste, obligaría a defenderlo y a verificar los gastos judiciales. Por lo tanto, con la adquisición de dicha vivienda, se evitaría un litigio por la servidumbre de los corrales.